martes, 8 de octubre de 2013

Perspectiva histórica de la prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual en México

Perspectiva histórica de la prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual en México

A Fabiola Bailón le parece muy importante la utilidad que puede tener la perspectiva histórica de la prostitución y trata de personas (con fines de explotación sexual); señala que es una perspectiva que no ha sido muy estudiada/ considerada dentro de los históricos. Defiende que es una perspectiva fundamental si queremos entender las características y la magnitud que tiene el fenómeno hoy en día. Esta perspectiva se está trabajando en el Centro de Estudios Avanzados en Prostitución y Trata de Personas, A.C. (CEAPYT), tratando de rescatar la importancia y la utilidad de la perspectiva histórica.


En palabras de Fabiola Bailón, no se entiende cómo se ha venido conformando a través del tiempo el fenómeno de la trata; es importante enfatizar que la trata de personas con fines de explotación sexual es un fenómeno que tiene profundas raíces, no es un fenómeno nuevo.

Es necesario ubicar en el tiempo que el concepto de prostitución no siempre ha sido utilizado; en nuestro país se comienza a utilizar, aproximadamente, en el término XVIII. Esto no significa que las prácticas a las que hace referencia este concepto no existieran antes. La forma de nombrarla, las características y la magnitud han variado. Se puede hablar que del siglo XVI al siglo XVIII (nombrado antiguo régimen), a la prostitución se le ha nombrado ‘amor venal’. A la explotación de la prostitución ajena se le nombra lenocinio, y lenón/lenona a los personajes que se encargan de establecer los encuentros entre la mujer prostituida y al que hoy se le denomina como cliente. Es importante destacar que en el periodo virreinal, la prostitución no tenía la magnitud que tiene hoy en día.

Características de la prostitución en el antiguo régimen:
En esta época es una  prostitución familiar: los explotadores tenían algún tipo de parentesco con las mujeres explotadas, no es raro encontrar a los hombres prostituyendo a sus familiares mujeres (hijas, hermanas, sobrinas, etc.).
Es una prostitución de práctica privada, que no tiene la magnitud de lo que vemos hoy en día;
Existe un tipo de prostitución clandestina en el que existe la figura de la matrona a cargo de mujeres, pero son muy pocas las mujeres que tiene a su cargo.
Básicamente el explotador tiene el objetivo de prestar el espacio y arreglar los encuentros.

Características de la prostitución en el Siglo XVIII
Las cosas van a cambiar a partir de este siglo, cuando empiezan a aparecer las llamadas casas públicas (lupanares), ya hay una organización de varios actores, se expande la prostitución en el espacio público. En el siglo XVIII va a aparecer un interés de las autoridades por tratar de controlar la prostitución. Está pausado por el periodo de independencia, entonces, varias de las propuestas no se consolidan sino hasta el último tercio del siglo XIX.



Periodo Reglamentarista en México
El reglamentarismo se impone en 1865, aunque es importante destacar que es un sistema que incluso hoy en día lo podemos encontrar en varias regiones donde permanecen reminiscencias de ese reglamentarismo.

El periodo, para el caso de la ciudad de México, abarca de 1865 a 1940; pero el hecho de que se derogue el reglamento en el año de 1940 en la ciudad de México no significa que se haya derogado en el resto del país. Va a haber muchas ciudades que van a seguir dentro de ese sistema.

Son varios factores determinantes, que se presentan a inicios del siglo XIX, encaminados a las características y la magnitud del fenómeno que vemos hoy en día. Fabiola Bailón destaca que es importante recordar que es en el siglo XIX que se presenta la conformación de los nuevos Estado-Nación, y nuestro país entra de lleno en ese siglo al capitalismo industrial: hay un proceso de transformación en el que se presentan varios cambios políticos, económicos y de infraestructura que tienen un impacto en el fenómeno de la prostitución y trata de personas con fines de explotación sexual.

Factores:
 Incremento de la población;
 Migración hacia las ciudades;
Desarrollo de los transportes. Este factor es determinante: sin el desarrollo de los transportes no se puede entender la movilidad no sólo de las mujeres sino también de los explotadores, que gracias a ello generan nuevas formas de operar;
Diversificación de los sitios de diversión y donde se ejerce la prostitución;
Incremento de la demanda, mercantilización del sexo y desarrollo del consumismo.

Aparejados a todos estos cambios, el factor decisivo es la introducción del sistema reglamentarista. 

Fabiola Bailón señala que es el sistema reglamentarista básicamente un sistema de vigilancia y control de la prostitución; sistema de tolerancia en la medida en que justifica la prostitución, el acceso de los varones a mujeres, y que también justifica la existencia de un proxenetismo principalmente femenino.

Es un sistema que se va complejizando: de 1865 a 1926, fecha del último reglamento, se van incluyendo cada vez más normas dentro del mismo, dirigidos sobre todo a las mujeres (prostituidas y prostituyentes).

¿En qué consistía el reglamentarismo? Básicamente las mujeres tenían qué realizar un registro ante las autoridades administrativas; en el caso de las matronas, se les otorgaba una patente para tener el burdel, y en el caso de las mujeres en situación de prostitución se les otorgaba un libreto de legitimación en el que se incluían sus generales y una fotografía. Burdeles y mujeres prostituidas, son clasificadas como de primera, segunda, tercera e ínfima categoría.

Ante la oficina de Inspección de Sanidad, en función de su clasificación, las mujeres tenían qué pagar un impuesto; de igual forma, las matronas también tienen qué pagar un impuesto según la categoría del burdel. El reglamentarismo obliga a las mujeres a realizarse un chequeo médico semanal (no así a los clientes) e incluye una serie de obligaciones encaminadas a restringir, vigilar y controlar el cuerpo y la vida de las mujeres.

En el reglamento se incluían estipulaciones como: no vestirse de determinada forma; no saludar a hombres acompañados de niños, niñas y mujeres decentes; no vestirse en forma indecente en la calle; no acercarse a las escuelas; etc.

Hay una delimitación espacial, aunque en la ciudad de México no se aplica inmediatamente el establecer espacios específicos para la prostitución, como sí va a suceder en los estados al definir zonas de tolerancia (también conocidas como zona roja). La ciudad de México, hacia 1929 sí tiene zonas de tolerancia; en las entidades federativas permanecen hoy en día como una clara reminiscencia de ese sistema reglamentarista, y un ejemplo de ello son las zonas de Reynosa (documentado por Maya Goded[1]) y Yucatán.
El reglamentarismo es un sistema que va a permitir oficialmente la existencia de los burdeles, y que legitima la existencia de los proxenetas. El Estado asume el control de la prostitución, consolidándose como entidad única que va a controlar la prostitución.

El reglamentarismo es un sistema coercitivo, que obliga a las mujeres a registrarse y en caso de no hacerlo, hay una persecución.

Importante es destacar, señala Fabiola Bailón, que el reglamentarismo está basado y fundamentado en argumentos patriarcales: la prostitución es vista como un ‘mal necesario’, justificando los instintos masculinos incontrolables e irreprimibles, por lo que se ve la necesidad de controlar a estas mujeres (que son vistas como repositorio), con el objetivo aparente de proteger a las mujeres decentes, aunque el único objetivo sea el de satisfacer a los varones. El objetivo primario es proteger a la demanda (a los clientes), toda vez que se suma el prejuicio patriarcal de que las mujeres son las responsables de las enfermedades venéreas, por lo que la solución es controlar a las mujeres en situación de prostitución. 

Las matronas juegan un papel decisivo en el desarrollo del fenómeno de la prostitución en el periodo reglamentarista; es una pieza útil al Estado porque le permite tener el control donde ya casi no se puede meter, que es el espacio privado.

Es muy importante tener presente que en el antiguo régimen, el lenón es castigado; y el lenocinio es un delito castigado duramente (con trabajos forzados, galeras e incluso con la muerte); en el caso de las mujeres prostituidas, las sanciones eran menores (les quitaban los vestidos, se les prohibía la entrada a las iglesias, etc.). En el antiguo régimen había casas de corrección a la que podían acudir las mujeres que querían ‘regenerarse’.

Sin embargo, en el siglo XVIII a las mujeres se les va a ver cada vez más como victimarias, y la etapa en que alcanza su máxima expresión es en el reglamentarismo: ellas, al considerárseles como las culpables de transmitir las enfermedades venéreas, el Estado se centra (únicamente) en ellas. No se les sanciona a los varones, desdibujándose completamente la figura de esos personajes (explotadores, clientes); tampoco se les impone reglas como sí se les fueron impuestas a las matronas.

En la década de 1920, periodo post revolucionario, el Estado comienza a dar concesiones a extranjeros y héroes de guerra como una dádiva por su participación en la Revolución, concesiones que les autoriza tener cabarets, salones de baile, etc. Mientras que las matronas están en un proceso de lucha por mantener las concesiones (toda vez que era su medio de vida), de manera paralela el Estado otorga estas concesiones.

En la medida en que la atención siempre ha estado centrada en las mujeres desde el periodo reglamentarista, con la llegada del periodo abolicionista la mirada se dirige nuevamente (y en forma única) a las mujeres.

En palabras de Fabiola Bailón, el periodo reglamentarista fue un periodo de incubación del proxenetismo actual, en la medida en que desde esa época se empieza a desarrollar la protección, la corrupción una serie de elementos que caracterizan a la prostitución y trata de personas con fines de explotación sexual hoy en día.











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