Perspectiva histórica de la prostitución y
la trata de personas con fines de explotación sexual en México
A Fabiola
Bailón le parece muy importante la utilidad que puede tener la perspectiva
histórica de la prostitución y trata de personas (con fines de explotación
sexual); señala que es una perspectiva que no ha sido muy estudiada/
considerada dentro de los históricos. Defiende que es una perspectiva
fundamental si queremos entender las características y la magnitud que tiene el
fenómeno hoy en día. Esta perspectiva se está trabajando en el Centro de
Estudios Avanzados en Prostitución y Trata de Personas, A.C. (CEAPYT), tratando
de rescatar la importancia y la utilidad de la perspectiva histórica.
En palabras
de Fabiola Bailón, no se entiende cómo se ha venido conformando a través del
tiempo el fenómeno de la trata; es importante enfatizar que la trata de
personas con fines de explotación sexual es un fenómeno que tiene profundas
raíces, no es un fenómeno nuevo.
Es necesario
ubicar en el tiempo que el concepto de prostitución no siempre ha sido
utilizado; en nuestro país se comienza a utilizar, aproximadamente, en el
término XVIII. Esto no significa que las prácticas a las que hace referencia
este concepto no existieran antes. La forma de nombrarla, las características y
la magnitud han variado. Se puede hablar que del siglo XVI al siglo XVIII
(nombrado antiguo régimen), a la prostitución se le ha nombrado ‘amor venal’. A
la explotación de la prostitución ajena se le nombra lenocinio, y lenón/lenona
a los personajes que se encargan de establecer los encuentros entre la mujer
prostituida y al que hoy se le denomina como cliente. Es importante destacar
que en el periodo virreinal, la prostitución no tenía la magnitud que tiene hoy
en día.
Características de la prostitución en el
antiguo régimen:
En esta
época es una prostitución familiar: los
explotadores tenían algún tipo de parentesco con las mujeres explotadas, no es
raro encontrar a los hombres prostituyendo a sus familiares mujeres (hijas,
hermanas, sobrinas, etc.).
Es una
prostitución de práctica privada, que no tiene la magnitud de lo que vemos hoy
en día;
Existe un
tipo de prostitución clandestina en el que existe la figura de la matrona a
cargo de mujeres, pero son muy pocas las mujeres que tiene a su cargo.
Básicamente
el explotador tiene el objetivo de prestar el espacio y arreglar los
encuentros.
Características de la prostitución en el
Siglo XVIII
Las cosas
van a cambiar a partir de este siglo, cuando empiezan a aparecer las llamadas
casas públicas (lupanares), ya hay una organización de varios actores, se
expande la prostitución en el espacio público. En el siglo XVIII va a aparecer
un interés de las autoridades por tratar de controlar la prostitución. Está
pausado por el periodo de independencia, entonces, varias de las propuestas no
se consolidan sino hasta el último tercio del siglo XIX.
Periodo Reglamentarista en México
El
reglamentarismo se impone en 1865, aunque es importante destacar que es un
sistema que incluso hoy en día lo podemos encontrar en varias regiones donde
permanecen reminiscencias de ese reglamentarismo.
El periodo,
para el caso de la ciudad de México, abarca de 1865 a 1940; pero el hecho de
que se derogue el reglamento en el año de 1940 en la ciudad de México no
significa que se haya derogado en el resto del país. Va a haber muchas ciudades
que van a seguir dentro de ese sistema.
Son varios
factores determinantes, que se presentan a inicios del siglo XIX, encaminados a
las características y la magnitud del fenómeno que vemos hoy en día. Fabiola
Bailón destaca que es importante recordar que es en el siglo XIX que se
presenta la conformación de los nuevos Estado-Nación, y nuestro país entra de
lleno en ese siglo al capitalismo industrial: hay un proceso de transformación
en el que se presentan varios cambios políticos, económicos y de
infraestructura que tienen un impacto en el fenómeno de la prostitución y trata
de personas con fines de explotación sexual.
Factores:
Incremento de la población;
Migración hacia las ciudades;
Desarrollo
de los transportes. Este factor es determinante: sin el desarrollo de los
transportes no se puede entender la movilidad no sólo de las mujeres sino
también de los explotadores, que gracias a ello generan nuevas formas de
operar;
Diversificación
de los sitios de diversión y donde se ejerce la prostitución;
Incremento
de la demanda, mercantilización del sexo y desarrollo del consumismo.
Aparejados a
todos estos cambios, el factor decisivo es la introducción del sistema
reglamentarista.
Fabiola Bailón
señala que es el sistema reglamentarista básicamente un sistema de vigilancia y
control de la prostitución; sistema de tolerancia en la medida en que justifica
la prostitución, el acceso de los varones a mujeres, y que también justifica la
existencia de un proxenetismo principalmente femenino.
Es un
sistema que se va complejizando: de 1865 a 1926, fecha del último reglamento,
se van incluyendo cada vez más normas dentro del mismo, dirigidos sobre todo a
las mujeres (prostituidas y prostituyentes).
¿En qué
consistía el reglamentarismo? Básicamente las mujeres tenían qué realizar un
registro ante las autoridades administrativas; en el caso de las matronas, se
les otorgaba una patente para tener el burdel, y en el caso de las mujeres en
situación de prostitución se les otorgaba un libreto de legitimación en el que
se incluían sus generales y una fotografía. Burdeles y mujeres prostituidas,
son clasificadas como de primera, segunda, tercera e ínfima categoría.
Ante la
oficina de Inspección de Sanidad, en función de su clasificación, las mujeres
tenían qué pagar un impuesto; de igual forma, las matronas también tienen qué
pagar un impuesto según la categoría del burdel. El reglamentarismo obliga a
las mujeres a realizarse un chequeo médico semanal (no así a los clientes) e
incluye una serie de obligaciones encaminadas a restringir, vigilar y controlar
el cuerpo y la vida de las mujeres.
En el
reglamento se incluían estipulaciones como: no vestirse de determinada forma;
no saludar a hombres acompañados de niños, niñas y mujeres decentes; no
vestirse en forma indecente en la calle; no acercarse a las escuelas; etc.
Hay una
delimitación espacial, aunque en la ciudad de México no se aplica
inmediatamente el establecer espacios específicos para la prostitución, como sí
va a suceder en los estados al definir zonas de tolerancia (también conocidas
como zona roja). La ciudad de México, hacia 1929 sí tiene zonas de tolerancia;
en las entidades federativas permanecen hoy en día como una clara reminiscencia
de ese sistema reglamentarista, y un ejemplo de ello son las zonas de Reynosa
(documentado por Maya Goded[1]) y Yucatán.
El
reglamentarismo es un sistema que va a permitir oficialmente la existencia de
los burdeles, y que legitima la existencia de los proxenetas. El Estado asume
el control de la prostitución, consolidándose como entidad única que va a
controlar la prostitución.
El
reglamentarismo es un sistema coercitivo, que obliga a las mujeres a
registrarse y en caso de no hacerlo, hay una persecución.
Importante
es destacar, señala Fabiola Bailón, que el reglamentarismo está basado y
fundamentado en argumentos patriarcales: la prostitución es vista como un ‘mal
necesario’, justificando los instintos masculinos incontrolables e
irreprimibles, por lo que se ve la necesidad de controlar a estas mujeres (que
son vistas como repositorio), con el objetivo aparente de proteger a las
mujeres decentes, aunque el único objetivo sea el de satisfacer a los varones.
El objetivo primario es proteger a la demanda (a los clientes), toda vez que se
suma el prejuicio patriarcal de que las mujeres son las responsables de las
enfermedades venéreas, por lo que la solución es controlar a las mujeres en
situación de prostitución.
Las matronas
juegan un papel decisivo en el desarrollo del fenómeno de la prostitución en el
periodo reglamentarista; es una pieza útil al Estado porque le permite tener el
control donde ya casi no se puede meter, que es el espacio privado.
Es muy
importante tener presente que en el antiguo régimen, el lenón es castigado; y
el lenocinio es un delito castigado duramente (con trabajos forzados, galeras e
incluso con la muerte); en el caso de las mujeres prostituidas, las sanciones
eran menores (les quitaban los vestidos, se les prohibía la entrada a las
iglesias, etc.). En el antiguo régimen había casas de corrección a la que
podían acudir las mujeres que querían ‘regenerarse’.
Sin embargo,
en el siglo XVIII a las mujeres se les va a ver cada vez más como victimarias,
y la etapa en que alcanza su máxima expresión es en el reglamentarismo: ellas,
al considerárseles como las culpables de transmitir las enfermedades venéreas,
el Estado se centra (únicamente) en ellas. No se les sanciona a los varones,
desdibujándose completamente la figura de esos personajes (explotadores,
clientes); tampoco se les impone reglas como sí se les fueron impuestas a las
matronas.
En la década
de 1920, periodo post revolucionario, el Estado comienza a dar concesiones a
extranjeros y héroes de guerra como una dádiva por su participación en la
Revolución, concesiones que les autoriza tener cabarets, salones de baile, etc.
Mientras que las matronas están en un proceso de lucha por mantener las
concesiones (toda vez que era su medio de vida), de manera paralela el Estado
otorga estas concesiones.
En la medida
en que la atención siempre ha estado centrada en las mujeres desde el periodo
reglamentarista, con la llegada del periodo abolicionista la mirada se dirige
nuevamente (y en forma única) a las mujeres.
En palabras
de Fabiola Bailón, el periodo reglamentarista fue un periodo de incubación del
proxenetismo actual, en la medida en que desde esa época se empieza a
desarrollar la protección, la corrupción una serie de elementos que
caracterizan a la prostitución y trata de personas con fines de explotación
sexual hoy en día.
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