Historia
En la Argentina se realizó la experiencia de reglamentar la prostitución y se comprobó en la práctica que no aportaba ninguna solución sino que al contrario, complicaba la situación, fue por ese motivo se abandonó este postura.
Al contrario de lo que se cree, la reglamentación de la prostitución lejos de aliviar la situación de las mujeres aportaba más herramientas a los proxenetas, tratantes, para ajustar el lazo y someter aún más a las víctimas esta vez con la fuerte presión del estado mismo.
Los templos del vicio
El prostíbulo necesitaba permiso municipal y debía estar
ubicado en un radio alejado dos cuadras de las iglesias, teatros, mercados y
plazas. Tenían prohibido poseer signos exteriores o interiores que los
distingan de una casa de familia.
Luciana Sabina
SÁBADO, 19 DE JUNIO DE 2021
Hacia 1875 el Concejo Deliberante de la Capital Federal legalizó la prostitución buscando
controlar el contagio de las enfermedades venéreas.
Dicho documento estableció que todas las mujeres que ejercían
como prostitutas debían inscribirse en
la Municipalidad, sólo podrían hacerlo si eran mayores de 18.
Una vez inscriptas estaban obligadas ser revisadas por un médico, pagando el
derecho de visita que era semanal y podían pedir la eliminación de la lista del
dispensario de salubridad, cuando justificasen haber abandonado la tarea.
El prostíbulo necesitaba un permiso municipal y debía estar ubicado en un radio alejado dos
cuadras de las Iglesias, escuelas, teatros, mercados y plazas.
Tenían prohibido poseer
signos exteriores o interiores que los distingan de una casa de familia.
La venta de bebidas y comestibles también estaban prohibidos en los prostíbulos.
Con los años, en las principales ciudades del interior se
impusieron reglamentos similares.
En Córdoba la
primera legislación al respecto data de 1883. La edad mínima de inscripción fue
de 15 años, algo que se cambió en 1900 pasando a 18 años. En dicha provincia
para dejar de estar en el padrón de prostitutas se debía morir, pedir la firma
a personas “honradas” que
certificaran su cambio de profesión o pasar tres meses en un manicomio –o la
cárcel- aprendiendo sobre moralidad y amor al “trabajo honesto”.
Mendoza no fue
ajena a los cambios. La edición del 5 de setiembre de 1885 de Los Andes señaló:
“Todos los pueblos civilizados de la Tierra han adoptado serias medidas para
mantener bajo la vigilancia de la
autoridad esos templos del vicio, donde la mujer se convierte en mercadería,
para recibir en cambio el precio de su infamia”.
La Municipalidad de la ciudad –en manos de Luis
Lagomaggiore- puso manos a la obra y estableció un Reglamento para las Casas de
Tolerancia, en octubre de 1885. Según la ordenanza, los burdeles debían
inscribirse en la Secretaría municipal,
constando el nombre de las trabajadoras sexuales y la ubicación del local,
además de un certificado médico.
Al igual que en la Capital
Federal, dichos establecimientos debían estar ubicados al menos a dos
cuadras de instituciones educativas, templos o teatros. Y –además de carecer de
todo distintivo- debían tener constantemente cerradas tanto puertas como
ventanas.
En nuestra provincia se prohibió la prostitución de menores, también se tuvo en cuenta a los clientes,
éstos últimos debían ser mayores de 15 años.
Las mujeres que practicaban la prostitución fuera de la ley eran arrestadas y cumplían su pena en
el hospital municipal, espacio que actuaba como principal cárcel femenina en
Mendoza a fines del siglo XIX.
El final de este ciclo llegó en 1936 cuando la ley nacional “De profilaxis social” prohibió a los
municipios el otorgamiento de licencias para abrir burdeles.
*La autora es Historiadora.
Fuente:
https://www.losandes.com.ar/opinion/los-templos-del-vicio/
No hay comentarios:
Publicar un comentario